Sanción por no cumplir con la Política de Cookies

Share Increnta

Última actualización el martes, 20 de septiembre de 2022 a las 02:35 pm

Las autoridades españolas se están poniendo las pilas con la normativa europea sobre las cookies, y como consecuencia ha llegado la primera sanción. Un cliente de Pablo Fernández Burgueño, socio fundador del bufete Abanlex Abogados, ha sido notificado sobre la apertura de un procedimiento sancionador por no cumplir la Política de Cookie que la Unión Europea aprobó en 2009 y que desde marzo de 2012 está vigente en España.

Las compañías utilizan las cookies para poder personalizar la navegación y registrar información sobre hábitos para luego, ofrecer una publicidad ‘a medida’. Esta situación generó una dicotomía entre esta publicidad que utiliza cookies y los posibles abusos de privacidad, que fue atajada de raíz por la nueva Ley de Cookies, en la que los administradores de sitios web deben notificar al usuario de una forma clara y visible de qué tipo de cookies están siendo empleadas (o instaladas) y éste debe dar su consentimiento para que entren en funcionamiento.

 

El caso de Pablo Fernández Burgueño por incumplir la Política de Cookies

El caso de Pablo Fernández Burgueño supone el primer procedimiento sancionador en nuestro país por el incumplimiento de la Política de Cookie. La sanción, si finalmente la hay, recaerá sobre una empresa que avisa con un pop-up de que va a instalar cookies, pero las instala antes de obtener el consentimiento informado del usuario. Si no quieres que te pase lo mismo, realiza el estudio gratuito de cookies en tu sitio web.

 

Nueva llamada a la acción

 

Las cookies investigadas son las siguientes:

  1. Google Analytics: Permite analizar el tráfico de la web. Cookies: __utma, __utmb, __utmc, __utmz
  2. Google Maps: Permite insertar un mapa en la web. Cookies: NID, PREF, SNID, Khcookie
  3. Google YouTube: Permite insertar vídeos en la web. Cookies: PREF, VISITOR_INFO1_LIVE, use_hitbox, YSC
  4. Google Adsense: Permite mostrar publicidad en la web. Cookie: PREF
  5. Google: Flash cookies o Local share objects asociada a Ytimg; id, asociada a Doubleclick
  6. WordPress: Permite analizar el tráfico de la web. Cookie: __qca
  7. Otras detectadas: Seevolution (svlu), Zopim (_zlcid y __cfduid); Magento (fronted y petlab)

 

¿Cómo cumplir la Ley de Cookies? Información y consentimiento

La causa de la denuncia no está únicamente en el uso de dichas cookies, si no en el hecho de que el administrador las instala antes de obtener el consentimiento del usuario, antes de que éste diga que sí. Este requisito no se encontraba en los artículos de la primera versión de la ley, pero sí fue incluido en la actualización del 1 de abril de 2012 en la que se pedían dos cosas: información y consentimiento antes de la instalación.

Si el denunciado es considerado culpable la sanción por incumplimiento de la ley podría alcanzar los 30.000 euros. En el caso de tratarse de un incumplimiento grave la cifra podría llegar a los 150.000 euros.

Esta resolución puede suponer un antes y un después en la aplicación de la Ley de Cookies en España. Por ahora parece que sin el consentimiento del usuario los administradores web no pueden instalar cookies tan básicas como las de Google Analytics. Si  no quieres que te pille el toro y deseas cumplir la Ley de Cookies, descárgate el eBook aquí.

 

Nueva llamada a la acción